Artículo de opinión, Mundo Literario

La fiscalidad del escritor (IV) – Retenciones y declaración de la renta

A lo largo de esta serie de artículos hemos visto diversos aspectos relacionados con las obligaciones y derechos fiscales del escritor como profesional. Pero todavía quedan unas pocas cuestiones a tener en cuenta relacionadas con las retenciones y la declaración de la renta.

·¿Debo presentar mis ingresos como escritor en la Declaración de la Renta?

·Esta pregunta plantea una gran contradicción, una de esas lagunas legales nacidas de una deficiente regulación. Por un lado, el registro como escritor profesional en el IAE (necesario, como ya hemos dicho, para poder facturar a una editorial) convierte los ingresos que reporta nuestra obra en actividades económicas, lo que obliga a realizar la Declaración de la Renta.

Ahora bien, contradictoriamente a lo dicho, la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas asegura que «los rendimientos derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas se consideran como rendimientos del trabajo, siempre que se ceda el derecho a su explotación». La misma ley indica de igual modo que si los rendimientos de cualquier trabajo no superan los 22.000 € anuales, no hay obligación de realizar una declaración de renta (a no ser que además de recibir ingresos por nuestro libro también estamos trabajando en otro empleo por cuenta ajena, o sea, si recibimos ingresos de más de un pagador, situación en la que el límite quedaría establecido en 11.200 €, tal y como establece la Agencia Tributaria«. En pocas palabras: si cedemos el derecho a explotación a una editorial se considera rendimiento de trabajo y no actividad económica, por lo que si no superamos esas cifras, no tenemos obligación de realizar la Declaración de la Renta.

La duda que esto suscita es cuál de las dos normativas tiene carácter prioritario, si la condición de registrado como profesional en el IAE anula el segundo supuesto. Algo que ni siquiera los expertos que he consultado tienen claro, por lo que el sentido común invita a realizar la Declaración de la Renta, «por si las moscas».

·He escuchado que los escritores no deben pagar IVA. ¿Es cierto?

·Sí. Las actividades literarias, o más concretamente aquellas sujetas a derechos de autor, están exentas de abonar el IVA en la factura. En esto se incluyen también relatos cortos, artículos periodísticos para medios, u otras actividades remuneradas relacionadas con el mundo literario (charlas, talleres, lecturas, etc…).

·¿Debo aplicar alguna retención en las facturas?

·Por supuesto, como ya he indicado en el ejemplo que he puesto anteriormente. En concreto, el IRPF, un impuesto que paga al Estado el que factura. Lo bueno es que ese dinero puede ser recuperado tras hacer la declaración de la renta, aunque esto obviamente se halla condicionado a la situación económica personal de cada uno durante el ejercicio correspondiente. El porcentaje de IRPF que debes aplicar es actualmente del 19%. (Actualización 2016: 15%)

Como conclusión general, quisiera destacar que todos estos conceptos reunidos en esta serie de artículos solo son aproximaciones. Cada individuo tiene sus situaciones personales, y además estamos hablando de una profesión, la del escritor, que desgraciadamente está muy mal regulada en nuestro país. Las lagunas son abundantes, así que ante cualquier duda reafirmo la necesidad de consultar con un especialista, bien sea un gestor privado o un representante de la Agencia Tributaria.

alt="declaración renta, escritor, IVA, javierpellicerescritor.com"

 Mi más sincero agradecimiento a JESÚS CORONADO por su ayuda a la hora de documentar los artículos

SI TE HA GUSTADO EL ARTÍCULO, COMPÁRTELO

Lee toda la serie «La fiscalidad del escritor»

Estándar

7 comentarios en “La fiscalidad del escritor (IV) – Retenciones y declaración de la renta

  1. Pingback: Fiscalidad del escritor en España • @MarianaEguaras

  2. Fernando dijo:

    Le agradezco mucho su serie de artículos. Me han parecido muy interesantes.

    Sin embargo, me temo que la declaración censal de alta como escritor en el IAE obliga automáticamente a presentar trimestralmente el modelo 130 de pago fraccionado de IRPF, con las sanciones correspondientes si no se hace dentro de plazo, como he podido experimentar en persona e independientemente de si posteriormente pueden devolvernos ese dinero al realizar la declaración anual de la Renta (dependiendo de nuestros ingresos totales anuales, claro está).

    • Siento oír eso, Fernando. Llevo más de diez años publicando como escritor y es la primera vez que tengo noticia de sanciones como las que comenta, tanto por mi parte como por la de otros compañeros. Supongo que habría que ver las condiciones personales de cada individuo, de ahí que siempre recomiende que lo mejor es acudir a un especialista en la materia que estudie cada caso particular. El problema de este caso reside en la falta de legislación y regulación adecuada para nuestro gremio. Pero ningún gobierno parece tenernos en mente.
      Gracias por su comentario.

  3. Gracias por tus artículos, me ha quedado muy claro cómo sería en casos de derechos de autor. Pero si has autopublicado tu libro y tienes varios ejemplares que has pagado tú y de forma «no habitual» vendes directamente a un consumidor final varios ejemplares, ¿cómo iría el tema del IRPF? ¿Y el IVA? Entiendo que al vender al consumidor final si aplica declarar el 4% de IVA (el libro es en papel).

    Muchas gracias

    • Hola, Impar. Disculpa por la tardanza a la hora de responder.
      Lamento también no poder aclararte mucho la pregunta que me planteas. Es una cuestión muy específica de una situación concreta que no he vivido pues jamás he autopublicado. En tu situación no estarías ejerciendo como escritor, sino como vendedor, lo que supongo que cambia las cosas. Sea como sea, asesórate mediante algún gestor que pueda aclarar tu caso. Es el mejor consejo que puedo darte.

  4. Carola Rodríguez de Bauer dijo:

    Hola ,
    Muchas Gracias pro vuestro aporte. . Entoncea resumiendo si uno se dedica a vender su Libro ya no estoy actuando como escribir sino como vendedor . Pero que pasa si quiero presentar mi libro y he pedido el libro como autor , solo puedo regalar? Pues al venderlo tengo que pagar IVA . Buena estrategia y eso depende de la forma de Marketin que elgiste. Pero los ingresos anuales se encunetran en Informes . Cómo los imprim? Que hago para obtener libros para regalar ? » En busca del Amor en tiempos dificieles »

    Muchos saluos
    Ayuda : Cómo obtengo factura de Amazon ? No recibes como autor ningina factura ,ahora la he pedido a la imprenta . Los informes mensuales de Haciendas se obtiene por correo ? Que debo hacer para obtenerlo ?

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.